Informan sobre normas a seguir para Utilización de marcas y señales de ganado

El Ministerio de la Producción y Ambiente, a través de la Dirección de Registro, Control y Fiscalización, reiteró a los productores ganaderos que la Ley 8/58 y el Código Rural, desde la Ley Provincial N° 1.314,

detallan las normas a seguir en cuanto a la utilización de la marca y señal como acreditación y posesión de ganado mayor y menor.
Asimismo, se recuerda que la renovación y re-empadronamiento en el Registro de Marcas y Señales deberá hacerse por períodos no menores de diez años, y el derecho sobre la marca y señal se pierde por expiración de los plazos para su renovación y sin necesidad de formalidad previa.
Los requisitos para título, marca y señal son los siguientes: nota de solicitud dirigida al director de Registro, Control y Fiscalización, detallando localidad y departamento donde hará uso de su título; fotocopia de DNI; fotocopia del contrato social; acta constitutiva de la sociedad; número de CUIT; original o fotocopia de la certificación de productor agrícola; original o fotocopia de la autorización del dueño del lugar donde pastan los animales y fotocopia del título propiedad; original o fotocopia del certificado de venta de animales; original o fotocopia del certificado de vacunación actualizada; diseño de marca y señal y, finalmente, valores fiscales por 32 pesos. Cabe aclarar que todas las fotocopias deberán estar certificadas por autoridad competente (Policía, juez de Paz, escribano, etcétera).
Para conseguir un duplicado de marca y señal, la documentación a presentar es la siguiente: nota de solicitud dirigida al director de Registro, Control y Fiscalización detallando localidad y departamento donde hará uso de su título; fotocopia de DNI; certificación policial de extravío del título de marca y señal; original o fotocopia del certificado de vacunación actualizada y valores fiscales. Todas las fotocopias deberán estar certificadas por autoridad competente, las cuales se mencionan en el párrafo anterior.
Por último, para el trámite de transferencias del título, marca y señal los requisitos son: nota de solicitud dirigida al director de Registro, Control y Fiscalización detallando localidad y departamento donde hará uso de su título; fotocopia de DNI; fotocopia del contrato social; fotocopia de acta notarial de transferencia de título de marca y señal; declaración jurada ante DGR; original o fotocopia de la autorización del dueño del lugar donde pastan los animales y fotocopia del título propiedad; original o fotocopia del certificado de venta de animales y, finalmente, original o fotocopia del certificado de vacunación actualizada. Todas las fotocopias deberán estar certificadas por autoridad competente.