Quedó habilitada por disposición de la Subsecretaría de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental del Ministerio de la Producción y Ambiente.
Quedó habilitada por disposición de la Subsecretaría de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental del Ministerio de la Producción y Ambiente la temporada anual de caza recreativa en la jurisdicción provincial.
La resolución, firmada también por el director de Registro, Control y Fiscalización, autoriza el ejercicio de la caza recreativa en base a los estudios biológicos, índices de abundancia relativa, distribución de las especies, situación ambiental de estrés hídrico y la necesidad de modificar las áreas de caza para evitar problemas en la dinámica poblacional de las especies, los campos ubicados en dos áreas: este y oeste.
Quedó prohibida además la caza en todas sus modalidades en el Parque Nacional Río Pilcomayo, Reserva Natural Formosa, Estación de Animales Silvestres Guaycolec, zona núcleo de las reservas de Biósfera Riacho Teuquito y Laguna Oca del Río Paraguay, reserva provincial de la caza Laguna Hu y Agua Dulce y Reserva Natural de uso público Bañado La Estrella.
Se permite en todo el territorio provincial la caza por subsistencia a pobladores de la zona, como así también la figura del baqueano para los cazadores deportivos locales de acuerdo a las normas vigentes.
Las especies habilitadas para la presente temporada son: pato picazo (cuatro por día), pato crestón (cinco por día), pato cutirí (cinco por día), pato sirirí pampa (cinco por día), pato sirirí colorado (cuatro), pato sirirí vientre negro (Cuatro por día), pacaá (diez por día), charata (diez por día), paloma yerutí (diez por día), paloma picazoró (diez por día). El máximo de piezas que podrá cobrar cada cazador por excursión será de doce aves, sin exceder las cantidades máximas indicadas por cada especie.
Las autoridades recordaron que queda prohibido entre otras cosa: cazar sin licencia, con licencia vencida, animales en masa, con redes, lazos, cimbras, pega pega, sustancias tóxicas y/o explosivos. Tampoco se permite cazar formando cuadrillas a pie o a caballo, cazar de noche o con luz artificial y en propiedad del estado.
Se indicó que el traslado de los despojos de animales producto de la caza recreativa sin guías confeccionadas y sin precintos, es considerada como una infracción.
Acuerdo
El Subsecretario de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental Hugo Bay subrayó que la temporada de caza fue habilitada luego de un interesante intercambio de ideas y posterior acuerdo con la asociación de cazadores deportivos, limitando las especies que pueden ser capturadas.
"Esta es una medida que se inscribe en el marco de la defensa de los recursos, en este caso de la fauna que habita nuestro suelo formoseño y además. Se han adoptado los mecanismos previos de concertación necesaria para que la medida no solo sea letra muerta sino que se efectivice en los hechos" precisó el funcionario.
Para visualiza la resolución completa y su reglamentación, http://www.formosa.gob.ar/media/guia_tramites/normas/norma_104.pdf
La resolución, firmada también por el director de Registro, Control y Fiscalización, autoriza el ejercicio de la caza recreativa en base a los estudios biológicos, índices de abundancia relativa, distribución de las especies, situación ambiental de estrés hídrico y la necesidad de modificar las áreas de caza para evitar problemas en la dinámica poblacional de las especies, los campos ubicados en dos áreas: este y oeste.
Quedó prohibida además la caza en todas sus modalidades en el Parque Nacional Río Pilcomayo, Reserva Natural Formosa, Estación de Animales Silvestres Guaycolec, zona núcleo de las reservas de Biósfera Riacho Teuquito y Laguna Oca del Río Paraguay, reserva provincial de la caza Laguna Hu y Agua Dulce y Reserva Natural de uso público Bañado La Estrella.
Se permite en todo el territorio provincial la caza por subsistencia a pobladores de la zona, como así también la figura del baqueano para los cazadores deportivos locales de acuerdo a las normas vigentes.
Las especies habilitadas para la presente temporada son: pato picazo (cuatro por día), pato crestón (cinco por día), pato cutirí (cinco por día), pato sirirí pampa (cinco por día), pato sirirí colorado (cuatro), pato sirirí vientre negro (Cuatro por día), pacaá (diez por día), charata (diez por día), paloma yerutí (diez por día), paloma picazoró (diez por día). El máximo de piezas que podrá cobrar cada cazador por excursión será de doce aves, sin exceder las cantidades máximas indicadas por cada especie.
Las autoridades recordaron que queda prohibido entre otras cosa: cazar sin licencia, con licencia vencida, animales en masa, con redes, lazos, cimbras, pega pega, sustancias tóxicas y/o explosivos. Tampoco se permite cazar formando cuadrillas a pie o a caballo, cazar de noche o con luz artificial y en propiedad del estado.
Se indicó que el traslado de los despojos de animales producto de la caza recreativa sin guías confeccionadas y sin precintos, es considerada como una infracción.
Acuerdo
El Subsecretario de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental Hugo Bay subrayó que la temporada de caza fue habilitada luego de un interesante intercambio de ideas y posterior acuerdo con la asociación de cazadores deportivos, limitando las especies que pueden ser capturadas.
"Esta es una medida que se inscribe en el marco de la defensa de los recursos, en este caso de la fauna que habita nuestro suelo formoseño y además. Se han adoptado los mecanismos previos de concertación necesaria para que la medida no solo sea letra muerta sino que se efectivice en los hechos" precisó el funcionario.
Para visualiza la resolución completa y su reglamentación, http://www.formosa.gob.ar/media/guia_tramites/normas/norma_104.pdf