Exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos

Descripción

Normativa respecto a exenciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Procedimiento Fiscal

Requisitos

DOCUMENTACIÓN GENERAL:

- Nota de solicitud de Exención.
- Documento Nacional de Identidad (D.N.I., L.E., o L.C.) del contribuyente o de la persona que se presente en representación de la persona jurídica que tramita.
En caso de presentación de tercero autorizado, documento de identidad y PODER otorgado ante Escribano o autoridad certificante competente.
- Certificado de Cumplimiento Fiscal de los gravámenes en que se encuentre inscripto ante este Organismo. En el caso del Impuesto Inmobiliario deberá tener abonado, inclusive, el período completo del año en que se solicite la exención.
- Documentación que constate el domicilio fiscal consignado, por ejemplo, Escritura, Boleto de compra-venta, Contrato de alquiler o Factura de servicios.
- Personería Jurídica, Actas de Constitución y Estatutos - (Sólo Personas Jurídicas).
- 2 U.T. para la nota de solicitud.

Además de la Documentación General indicada precedentemente, deberá acompañar la Documentación específica que para cada caso se menciona:
DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA:

(Art. 247 inc. d) Para la actividad de edición, impresión, distribución y venta de libros, apuntes, diarios, periódicos y revistas:
- Certificado de Exención en el I.V.A. emitido por la AFIP - DGI.

(Art. 247 inc. e) Para las representaciones diplomáticas y consulares de los países extranjeros acreditados:
- Acreditación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación.

(Art. 247 inc. f) Para las asociaciones mutualistas constituidas de conformidad con la legislación vigente con excepción de la actividad que puedan realizar en materia de seguros:
- Certificado de Inscripción en el Instituto Nacional de Asociaciones Mutualistas.
- Constancia de no Inscripción en la Superintendencia de Seguros de la Nación.

(Art. 247 inc. g) Los Ingresos de los socios o accionistas de cooperativas de trabajo, provenientes de los servicios prestados en las mismas:
- Constancia de socio o accionista de la Cooperativa de trabajo (Libro de Socios).
- Certificado de inscripción en el Instituto Nacional de Acción Cooperativa o Provincial.
- Declaración Jurada de no poseer ingresos provenientes de prestaciones o locaciones de obras o servicios efectuados por cuenta de terceros, aun cuando dichos terceros sean asociados o tengan inversiones que no integren el capital societario (Nota confeccionada por el solicitante informando lo mencionado).

(Art. 247 inc. h) Para las operaciones realizadas por las asociaciones civiles sin fines de lucro, bajo la figura de fundaciones, entidades o comisiones de beneficencia, de bien público, asistencia social, de educación e instrucción, científicas, artísticas, culturales y deportivas, instituciones religiosas y asociaciones gremiales:
- Comprobantes y documentación general - contable y económico financiera por los cuales el contribuyente pueda probar las exigencias que establece el inciso (Estados Contables).

(Art. 247 inc. i) Intereses obtenidos por depósitos en dinero en caja de ahorros a plazo fijo y en cuentas corrientes:
- Constancia documental de las operaciones cuya constancia de exención se pretende.

(Art. 247 inc. j) Los establecimientos educacionales privados, incorporados a los planes de enseñanza oficial, reconocidos como tales por las respectivas jurisdicciones:
- Resolución del Ministerio de Educación de la Provincia donde se designa su incorporación a los planes de enseñanza oficial.

(Art. 247 inc. l) Las actividades desarrollas por personas con capacidades especiales:
- Certificado de Incapacidad otorgado por autoridad competente.
- Constancia emitida por la AFIP, donde no registre personal a su cargo.

(Art. 247 inc. n) Para la Producción de Bienes:
- Constancia de Inscripción en el Registro Industrial de la Provincia de Formosa.
- Fotocopia certificada del título de Propiedad del Inmueble, en caso de ser propietario; o contrato de arrendamiento, si es arrendatario, del lugar en el que funciona el Establecimiento productivo radicado en la provincia, con la reposición del Impuesto de Sellos.

(Art. 247 inc. ñ) Los ingresos provenientes de la actividad de construcción de viviendas económicas:
- Constancia de Inscripción en el IERIC (Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción).

TASA RETRIBUTIVA DE SERVICIOS 2 UT UT (Unidades Tributarias) -  $ 1200
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CÓDIGO FISCAL LEY N° 1589 - ATP - Ley Nº 1589
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EXENCIONES - R.G. 01/2013 - ATP - Resolución Nº 01/2013
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