Declaran que en Formosa la seguridad vial es cuestión de Estado.

El Coordinador General del Consejo Provincial de Seguridad Vial, salió al cruce de un fallo judicial emitido en una localidad cordobesa, que según su parecer, a simple vista demuestra entre otras cuestiones, una clara falta de responsabilidad jurídica dado el contexto en que fue emitido.

Tras conocerse públicamente el controvertido fallo de un juez de Faltas de la localidad cordobesa de Santa Rosa de Calamuchita, quien eximiera a dos motociclistas de pagar multas por no llevar cascos, la sociedad argentina salió a reprochar la decisión de Carlos Gigena, contraria ésta a todas las comprobaciones técnicas y estadísticas elaboradas en todo el mundo.
En ese sentido, el Coordinador General del Consejo Provincial de Seguridad Vial, dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Trabajo de la provincia, comisario general ® Argentino Santillán, salió al cruce de un fallo que a simple vista demuestra una clara falta de responsabilidad jurídica dado el contexto en que fue emitido, además de implicar un lamentable desconocimiento de los estudios científicos, legales y sociales, que llevaron a la mayoría de los gobiernos de todo el mundo, incluido el nuestro, a adoptar medidas normativas como lo son las de la obligatoriedad del uso del caso para motociclistas y el cinturón de seguridad para los automovilistas.
"Las normas preventivas, ponen de manifiesto el interés de las autoridades competentes por la seguridad de las personas y su integridad física, dado a que la palabra seguridad, en el más amplio sentido de la palabra, se refiere a la ausencia de riesgos que va desde los campos del análisis internacional -pasando por la seguridad nacional que el Estado considera vital defender-, hasta su sentido más restringido que es la seguridad del ser humano, en salvaguarda de sus intereses fundamentales y de su propia vida", expresó Santillán.
Seguidamente el Coordinador General del CPSV se refirió al excelente resultado que en la provincia se obtuvo con la masiva campaña de concientización vial y los controles vehiculares que se realizaron durante el fin de semana largo, por Semana Santa, que determinaron que no se produjera ninguna víctima fatal y disminuyeran los siniestros viales.
Justamente, consideró que toda la labor que se realiza en el marco de la política del Estado provincial, en materia de seguridad vial, tiene sus frutos al aplicarse las normas vigentes.
Al respecto, Santillán indicó que: "Es preciso mencionar que la inseguridad vial importa también un problema de derechos. Vivir, gozar de la salud y de la integridad física y psíquica, transitar libremente, movilizarse, permanecer en el espacio público y participar de todos los eventos sociales y culturales que se desarrollen en ese ámbito, son derechos fundamentales reconocidos en el ordenamiento nacional y en los sistemas jurídicos provinciales, y para ello deben cumplirse las leyes, que han sido aprobadas con ese fin y después de profundos estudios científicos y sociales y no como un mero antojo de quienes velan por el bienestar de los ciudadanos".

Estadísticas

La Organización Mundial de la Salud, en su informe publicado el último año, señala que las colisiones en las vías de tránsito son la segunda de las principales causas de muerte a nivel mundial entre los jóvenes de cinco a 29 años de edad, y la tercera entre la población de 30 a 44 años.
Esas colisiones dejan cada año un saldo de 1,2 millones de muertos y de hasta 50 millones más de personas heridas o discapacitadas. "Miles de personas mueren cada día en las vías de tránsito del mundo entero. No nos referimos a sucesos debidos al azar o «accidentes». Nos referimos a las colisiones en las vías de tránsito. Los riesgos se pueden comprender y en consecuencia prevenir". "La seguridad vial no es «accidental», tenemos los conocimientos necesarios para actuar ya. Es una cuestión de voluntad política", se indica desde el organismo internacional.
La utilización de una terminología pertinente pretende que el hecho, con o sin lesión, sea entendido como la consecuencia de una cadena causal de hechos y circunstancias en la que el sujeto siempre puede intervenir para evitarla o mitigar sus consecuencias. Es decir, como un hecho prevenible y previsible. Siempre y en todos los casos.
Este posicionamiento ayudará a avanzar en la implementación de estrategias de prevención y control de la enfermedad trauma, que constituye en nuestro país y a nivel mundial, la primera causa de muerte para las personas menores de 45 años de edad y la tercera causa de muerte cuando se consideran todos los grupos de edad.
Comprender que los mal llamados accidentes tienen causas, equivale a dar un gran paso en la implementación de medidas destinadas a evitar que se produzcan los hechos potencialmente traumáticos (prevención primaria), a asegurar que mientras se está produciendo el hecho, la persona se encuentre protegida para disminuir así su morbilidad y su mortalidad (prevención secundaria) y, una vez producida la lesión como consecuencia del hecho, la persona reciba una atención precoz (rápida accesibilidad al sistema de salud), adecuada (siguiendo normas reconocidas académica y oficialmente), equitativa (todos los pacientes en esa condición deben recibir el mismo tipo de atención independientemente de su nivel de cobertura de salud) y eficiente para permitir que se reintegre a la sociedad con el menor número de secuelas físicas y funcionales (o, lo que es lo mismo, con la mejor calidad de vida posible).
"Los Estados, se ocupan de adoptar medidas respecto a todas estas circunstancias, incluidas por supuesto las preventivas que tiene que ver con la normativa que regule el tránsito seguro, de ahí que no se pueden emitir fallos que contradigan estos elementales actos de respeto a la vida y menos comparándolo con un fallo sobre la despenalización de la tenencia de drogas para el consumo propio como lo hizo Gigena", explicó Santillán.
Seguidamente, el coordinador general de CPSV, reiteró que estudios revisados y comprobados a nivel mundial, mostraron una mayor incidencia de lesiones severas en el cuello y heridas graves en la médula espinal en aquellos motociclistas que no usan casco.
"Las cortes europeas y americanas han reconocido en forma constante que las leyes del uso del casco y del cinturón de seguridad no violan el derecho individual, sino que por el contrario protegen a las personas. Todas las normas de tránsito requieren que los individuos actúen de una cierta forma, más allá de que lo quieran o no. Por ejemplo, detenerse ante el semáforo, dar prioridad a los peatones, respetar el sentido del tránsito, etc. La legitimidad de éstas y otras disposiciones, se basa en que están dispuestas para la protección de la propia vida y la de los demás miembros de la sociedad. Las leyes del uso del casco y del cinturón de seguridad, no son diferentes a éstas", destacó el funcionario de larga trayectoria en materia de seguridad y prevención vial. Y agregó, "cuando se trabaja en lo atinente a la prevención vial se hace no sólo en defensa de la vida sino también de las secuelas físicas y psicológicas que los siniestros viales dejan en la sociedad, además de las consecuencias económicas personales y para el Estado, de ahí que debemos dejar de pensar en meros accidentes cuando en realidad éstos se podrían haber evitado mediante la prevención y el cumplimiento de las leyes".
Por último, Santillán destacó la actitud asumida por el intendente de Calamuchita, Claudio Chavero, dado que la seguridad en todas sus manifestaciones es responsabilidad del Estado.
Chavero, indicó esta mañana a medios de prensa que rechazará la decisión de un juez de faltas de su ciudad."Con un fallo de estos, no tendría que haber inspectores ni controles. Voy a rechazar la decisión del juez. Entendemos que el juez no puede apoyarse en una ley de estupefacientes. El que se encuentre damnificado deberá ir a la Justicia. Esto tiene que quedar bien claro. Vamos a tomar en estos días una medida ejemplificadora", dijo.
06-04-2010 | Cargada en Sociales - Fuente: Subsecretaría de Comunicación Social