Transportes de pasajeros deberán iniciar trámites de renovación de habilitaciones.

Informaron que la totalidad de las habilitaciones otorgadas caducan automáticamente el 31 de diciembre, por lo que deberán iniciar los respectivos trámites de renovación con una anticipación de quince días.

De acuerdo a lo establecido en la reglamentación vigente que regula la actividad del transporte de pasajeros interurbarno, en modalidades como la puerta a puerta de minibases, los de turismo, vehículos de alquiler con o sin chofer, taxis y remises (de 4 a 25 pasajeros), la totalidad de las habilitaciones otorgadas caducan automáticamente el 31 de diciembre, por lo que deberán iniciar los respectivos trámites de renovación con una anticipación de quince días.
Dicha diligencia deberán hacerlo ante la dirección de Transporte de la Provincia, organismo que además informó que entre los requisitos indispensables a presentar para la habilitación, están: Título de la propiedad automotor del vehículo a habilitar, póliza de seguro, comprobante del último pago, Revisión Técnica Obligatoria (RTO) otorgado por talleres habilitados por la Consultora Nacional del Transporte, carné de conductor aprobado para la categoría "D", libre falta y deuda ante Transporte de la Provincia, certificado de desinfección, comprobante del pago del arancel anual (mediante depósito en la cuenta corriente del Banco de Formosa SA Nº 60-0126/7 a nombre del Gobierno de la Provincia de Formosa-"Fondo De Transporte"), entre otros.
Asimismo, se recordó que los vehículos afectados a estas modalidades deberán estar debidamente identificados con una franja verde refractaria de 14,5 centímetros en todos sus laterales. También tendrán que colocar en sus puertas laterales un autoadhesivo con el número de habilitación, el servicio que presta y la categoría del mismo.
Se indicó que la RTO tendrá una validez de un año para los vehículos cero kilómetro, de seis meses a partir del primer al quinto año, y de cuatro meses a partir de ese tiempo.
Respecto a la cobertura de seguro válida para la habilitación, se indicó que será aquella en cuya póliza esté claramente estipulado que el vehículo está afectado al transporte de pasajeros, y que la cobertura es contra los daños a terceros, terceros transportados y personal de conducción (en caso que tenga chóferes).
Las empresas deberán presentar trimestralmente un informe detallado de la totalidad de las unidades incorporadas a la misma, la cual revestirá el carácter de declaración jurada.
Es obligatorio que cada unidad de transporte lleve la lista de pasajeros (confeccionada por triplicado), donde debe constar el nombre y apellido, DNI, recorrido efectuado y tarifa abonada.
12-12-2008 | Cargada en Sociales - Fuente: Subsecretaría de Comunicación Social