Reiteran los precios que rigen para la compra de gas envasado.

La Subsecretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario reiteró los precios que rigen en la plaza en lo que respecta a la compra de gas envasado.

La Subsecretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario reiteró los precios que rigen en la plaza en lo que respecta a la compra de gas envasado, dispuesto por Resolución Nº 1340/06, de la Secretaría de Energía de la Nación.
En ese sentido, se recordó que "antes de realizar la compra de envases de gas observe que el precio de venta sea el correspondiente", ajustándose a la normativa vigente.
En virtud de lo expuesto, se indicó que los precios de referencia regionales para el periodo estival, vigente hasta la fecha para la Zona II, en la que se encuentra incluida la provincia de Formosa, es la siguiente: garrafa de 10 kilos, $ 23,09; garrafa de 15 kilos, $ 34,58; garrafa de 45 kilos $ 122,65; y la garrafa social $ 17.
Se recomendó que en todos los casos se exija la factura de compra en la cual debe constar: 1) la descripción del producto (por ejemplo, 1 garrafa de 10 kg. $ 23,09); 2) discriminar el precio del envase del envío a domicilio, en caso que solicite.
De la misma manera, el subsecretario Edgar Pérez hizo notar que "los precios de referencia regionales citados precedentemente, fueron calculados propendiendo a que todos los sujetos activos de la cadena de almacenamiento, producción, fraccionamiento, distribución, comercialización, transporte y servicios de puerto del sector GLP tengan retribución por sus costos eficientes y una razonable rentabilidad".
"A los fines de realizar un control razonable y eficiente de los precios de referencia, la Secretaría de Energía de la Nación instruyó a la Subsecretaría de Combustibles para que efectúe acuerdos de delegación de facultades con las autoridades provinciales de Defensa del Consumidor, con el objetivo de lograr un adecuado control de los comercios minoristas que comercializan gas licuado de petróleo (GLP) en envases de hasta cuarenta y cinco kilogramos de capacidad", remarcando, además, que "las jurisdicciones locales han sido facultadas con potestades suficientes para controlar, apercibir y, eventualmente, sancionar a los operadores mayoristas y minoristas que pretenden cobrar precios de referencia que se aparten de los precios establecidos por la autoridad de aplicación".
Al mismo tiempo, el organismo más arriba mencionado señaló que "es imprescindible contar con la factura para efectuar un reclamo, ya que es el documento que prueba la relación de consumo".
Finalmente, la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario remarcó que "los precios deben ser exhibidos siempre especificando las características del producto, en listas o carteles que deberán exponerse en los lugares de acceso a la vista del público, durante la totalidad del horario de atención".
Ante cualquier inquietud o irregularidad no dude en asesorarse o denunciar en la Oficina de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario, ubicada en José María Uriburu 208 (esquina Rivadavia), como también gratuitamente al 0800-4446688 o llamando al 03717-436198 o por email al siguiente correo electrónico: subconsumidor@formosa.gov.ar
11-05-2008 | Cargada en Novedades - Fuente: Subsecretaría de Comunicación Social