Recuerdan responsabilidad al adquirir pirotecnia.

Desde la Dirección de Bromatología de la Municipalidad, aconsejaron nuevamente actuar con responsabilidad a la hora de comprar artículos pirotécnicos, como también al habilitar un local o puesto dedicados a dicho rubro.

Desde la Dirección de Bromatología de la Municipalidad, aconsejaron nuevamente actuar con responsabilidad a la hora de comprar artículos pirotécnicos, como también al habilitar un local o puesto dedicados a dicho rubro.
Antes que nada, solo deben adquirirse productos autorizados por el RENAR, que son los únicos debidamente registrados, pues están prohibidos aquellos que no identifiquen su procedencia o de fabricación clandestina, como también los que poseen riesgo de explosión en masa, o de trayectoria incierta.
Asimismo, tanto usuarios como comerciantes deben tener en cuenta los elementos de seguridad con los que deben contar los lugares de expendio. Básicamente deben poseer matafuegos con las condiciones adecuadas y baldes de arena, como también solo podrán exhibirse productos inertes que estarán dispuestos especialmente dentro del local para evitar alguna anomalía. También el Cuerpo de Bomberos interviene en la determinación del lugar destinado a la venta para regular las condiciones de seguridad necesarias, el cual debe estar aislado y al que se accede por una sola vía.
Existen al respecto una serie de prohibiciones que deberá tenerse en cuenta, como la prohibición de la venta a menores de 16 años, establecida por la Ley Nacional 20.429, la comercialización de productos no registrados, el almacenamiento cercano a fuentes de calor o materiales inflamables, fumar en el sector de venta y almacenamiento, y la existencia de productos que superen los 70 kg.
Cabe aclarar que la venta solo podrá realizarse en comercios habilitados, y aquellos interesados que deseen explotar el rubro podrán retirar los requisitos y el formulario correspondiente en la Dirección de Bromatología, a fines de informarse adecuadamente. Para aquellos comerciantes que no respeten las normas que fueron acordadas existen penalidades y sanciones que pueden recaer en el decomiso de los artículos, como en la clausura preventiva del local.


En la calle


Asimismo, las personas que realizarán esta actividad en la vía pública, deben presentar junto con la solicitud la fotocopia del DNI del titular, domicilio particular actualizado y número telefónico particular. El espacio en el que van a desarrollar su actividad, también debe contar con los elementos de seguridad antes mencionados y también deben abonar el canon correspondiente por los días de actividad. No está permitida la venta ambulante de dichos artículos, y la misma debe ser desarrollada solo por personas mayores de edad.
La zona de comercialización en la vía pública contará con un espacio habilitado exclusivamente para el tránsito peatonal, a los efectos de favorecer al control y evitar posibles accidentes. Para ello, un cuerpo de inspectores de Bromatología es el encargado de realizar el control en esta actividad y de los artículos que se comercializan.
Ante cualquier anomalía, recordaron hacer la denuncia correspondiente a la Dirección de Bromatología Municipal, llamando al 436180 en forma anónima, o concurrir a a las oficinas, sitas en Fotheringham 1364 altos. También puede procederse de la misma manera recurriendo al Cuerpo de Bomberos de la Policía, llamando al 428888 o al 100, o a su sede en Santa Fe 1254, durante las 24 hs.

11-12-2007 | Cargada en Sociales - Fuente: Subsecretaría de Comunicación Social