Avanzan en el reordenamiento de 250 mil hectáreas de tierras.

El administrador general del Instituto de Colonización y Tierras Fiscales, Manuel Rodríguez, indicó que se encuentran trabajando en esa esfera del gobierno a los efectos de consensuar con los habitantes del oeste...

El administrador general del Instituto de Colonización y Tierras Fiscales, Manuel Rodríguez, indicó que se encuentran trabajando en esa esfera del gobierno a los efectos de consensuar con los habitantes del oeste, entre los cuales se cuentan los que residen en lotes contiguos al bañado La Estrella, de cara al proyecto de reordenar unas 250.000 hectáreas de tierras en esa zona.
“Lo que venimos haciendo es un censo de productores para tomar un área piloto de colonización de aproximadamente 250 mil hectáreas al norte de la ruta 81, incluyendo al bañado La Estrella”, afirmó el funcionario, indicando que “en principio pretendemos abarcar este hectareaje dentro del reordenamiento de tierras, aunque es mucho más el plan que tenemos pensado desarrollar, ya que se trata de una tarea que demandará su tiempo, no es algo que se pueda hacer de la noche a la mañana”.
Puntualizó que “el área piloto abarcará comunidades como Soledad, El Quemado y otras poblaciones al norte de Laguna Yema, las cuales en su conjunto abarcan unas 150.000 hectáreas, para avanzar hacia Ingeniero Juárez, con lo cual se alcanzaría las 250 mil hectáreas. Incluye también el punto máximo de crecida del bañado La Estrella, es decir comunidades como El Charcalito y varios parajes más”.
Dejó en claro que “se trata de nuestra idea inicial, que puede ser modificable, ya que este proyecto será puesto a consideración de los habitantes de esas zonas, con quines nos iremos reuniendo para explicarles lo que queremos hacer. Pretendemos consensuar con la gente, ya que son ellos quienes conocen mejor ese territorio y su ayuda será muy valiosa”.


Ordenamiento


Hay que recordar que el Instituto Provincial de Colonización y Tierras Fiscales dictó hace algún tiempo la Resolución Nº 005/05 a los efectos de contar con un instrumento que regule la ocupación de tierras fiscales en el oeste formoseño, destinado para la implementación del plan de colonización a la zona comprendida desde la ruta provincial 26 hasta la Línea Barilari, abarcando el departamento Patiño oeste y la totalidad de los departamentos Bermejo, Matacos y Ramón Lista.
Dichos planes contemplarán el ordenamiento de las tierras, consensuando en conjunto con ocupantes a cualquier título, comunidades aborígenes, asociaciones civiles y futuros inversores el destino de las explotaciones que surjan de los planes aludidos, para el desarrollo definitivo del oeste y de la provincial.
Además, los inversores contarán con el respaldo del Estado siempre y cuando no se aparten de lo expresado en la Resolución Nº 005/05 y se garantizará a los actuales ocupantes la transparencia en las operaciones de compra-venta de mejoras en tierras fiscales.
A su vez, se pretende controlar los negocios inmobiliarios en manos de personas inescrupulosas (que no son productores) los cuales sorprenden en su buena fe a los ocupantes, pagando precios irrisorios por las tierras para luego revenderlas a valores elevados y realizar asi una especie de colonización privada la cual no tiene valor alguno para el Instituto, quedando fuera del alcance de la Ley 113/60 y su Decreto Reglamentario Nº 1539/60.
De acuerdo a lo explicado por el administrador general del Instituto de Colonización y Tierras Fiscales, Manuel Rodríguez, a través de la resolución 005/05 no solamente se de demarca la zona que comprende este plan de colonización, sino que además se “suspenden los pagos por ocupación y uso de la tierra (cargo por agricultura y pastaje), en las tierras que se encuentran comprendidas por esta resolución, hasta tanto los planes de colonización estén definidos y los lotes resultantes debidamente delimitados”.
Asimismo, se dispone que “las ventas, cesiones, transferencias o cualquier modo de traspaso de carácter de ocupante, entre particulares, de mejoras radicadas en las tierras fiscales de los lugares detallados antes, también las ampliaciones de ocupaciones, construcción de alambrados, arrendamientos o entregas en comodato, sólo podrán tramitarse y realizarse por causas plenamente justificadas”. Se añade que “deberán contar con la previa y expresa autorización del Instituto de Tierras”, advirtiéndose que “las contravenciones a estas disposiciones no serán legitimadas por no ajustarse a las normas explícitas establecidas en la Ley Nº113 y su decreto reglamentario 1539/60”.
Finalmente se puntualiza que “quedan exceptuados de las disposiciones de esta resolución, la 005, las adjudicaciones en venta existentes a la fecha, en las tierras aludidas, cuyos titulares hayan firmado sus respectivos contratos de adjudicación en venta y mantengan la posesión efectiva y explotación por cuenta propia de las tierras concedidas”.

21-06-2005 | Cargada en Noticias - Fuente: Subsecretaría de Comunicación Social