Productores que no hayan destruido rastrojos podrán ser sancionados.

En el marco de la comisión técnica del Programa de Erradicación del Picudo del Algodón se acordó iniciar las intimaciones para la destrucción de los rastrojos teniendo en cuenta que los plazos están vencidos, y aquel que no ...

En el marco de la comisión técnica del Programa de Erradicación del Picudo del Algodón se acordó iniciar las intimaciones para la destrucción de los rastrojos teniendo en cuenta que los plazos están vencidos, y aquel que no lo haya hecho, estará sujeto a que se les aplique las sanciones previstas en la ley.
“No destruir los rastrojos significa ser plausible de multas o restricciones, ya que el tiempo para hacerlo venció sobradamente”, se sostuvo.
Días atrás y con el propósito de ir consolidando el desarrollo productivo, para lo cual la contención y posterior erradicación del picudo algodonero resulta fundamental, en colonias jurisdicción de Pirané se llevaron a cabo acciones de monitoreo y charlas con la presencia de técnicos del SENASA y del Ministerio de la Producción.
En esta tarea estuvieron el coordinador provincial de la Comisión de Sanidad Vegetal, ingeniero Ladislao Cano y el agrónomo Alejandro Godoy, miembros del programa de erradicación del picudo.
Durante las charlas con los productores se conversó acerca de las labores de preparación y control de plagas que deben desarrollar para lograrse buenos resultados en sus cosechas y, particularmente en el cultivo del algodón, la importancia de eliminar los rastrojos lo antes posible, ya que justamente es una de las formas más económicas y saludables de eliminar esta y otras plagas. Esto, sobre todo teniéndose en cuenta que el picudo puede permanecer hasta 120 días sin comer, con lo cual resulta fundamental eliminar toda fuente de alimento por lo menos cuatro meses, con lo cual se estará previniendo de su presencia en la próxima campaña algodonera.
Además, se les advirtió de las consecuencias, no sólo productivas, sino legales, que implica no cumplir con esta tarea, ya que por decreto, el 2017/57, esto resulta una obligación de los productores. Es así que se recordó que este tiempo límite ya expiró el 15 de junio pasado –Decreto 649/05-.
Sobre el particular es que en la última reunión de la comisión técnica del Programa de Erradicación del Picudo del Algodón se acordó iniciar las intimaciones para la destrucción de los rastrojos teniendo en cuenta que los plazos están vencidos, y aquel que no lo haya hecho, estará sujeto a que se les aplique las sanciones previstas en la ley.
Desde la cartera Productiva se insistió en  recomendar a los productores algodoneros sobre la ratificación de la estrategia en torno a la destrucción de los rastrojos del algodón, tarea establecida dentro del plan de lucha contra el picudo.
Sobre el particular se señaló que “el productor debe considerar como una inversión la destrucción de los rastrojos, puesto que con esa tarea se comienza a preparar la próxima siembra, al tiempo que significa colocar una barrera al picudo, dado que se evita que la plaga pase cómodamente la estación invernal, la cual le es adversa”.
También se subrayó que si el productor persiste en una actitud de no destruir los rastrojos, “pudiera ser plausible de multas o restricciones impuestas”.
Se advirtió que “el daño del picudo se basa especialmente en que se alimenta de los órganos reproductivos del cultivo, es decir de aquellos que el productor algodonero va a obtener como fruto de su esfuerzo: la cosecha”, agregando que “es por ello que una vez cosechado, si dejamos la planta del algodón en pié, ésta sigue produciendo flores y bochas que son el alimento de la plaga”.

13-08-2006 | Cargada en Sociales - Fuente: Subsecretaría de Comunicación Social