Se invita a las municipalidades, comisiones de fomento, poderes Legislativo y Judicial, y a las instituciones bancarias y financieras- públicas y privadas- con asiento en nuestro territorio, a adherirse a la medida.
Desde este 27 del mes en curso hasta el próximo 31 de enero del año 2017 inclusive, regirá el receso en la administración pública provincial, dispuesto a través del decreto número 586 que suscribió el gobernador Gildo Insfrán.
Mediante el referido instrumento legal, que refrendo el Jefe de Gabinete, Antonio Ferreira, se fijo el receso administrativo dispuesto en el artículo 34 del Decreto 1980/90, a partir del 27 del corriente al 31 de enero de 2017 inclusive, en cuyo período el personal deberá usufructuar su licencia anual reglamentaria, con excepción de los organismos afectados a servicios públicos esenciales (Ministerios de Desarrollo Humano, Turismo y la Comunidad, Servicio Provincial de Agua Potable, Subsecretaría de Comunicación Social, entes recaudadores y las Direcciones de Parque Infantil, Vialidad Provincial, Informática y Teleprocesamiento, Registro Civil y Capacidad de las Personas, Defensa Civil, Catastro Territorial, Registro de la Propiedad Inmueble, Subsecretaría de Comercio e Inversiones, Subsecretaria de Hacienda y Finanzas, Contaduría General, Tesorería General, Instituto de Colonización y Tierras Fiscales, Escribanía Mayor de Gobierno y Departamento Intendencia de Casa de Gobierno, quienes dispondrán las medidas necesarias para la efectiva aplicación de este decreto.
Asimismo, se estableció con carácter excepcional el horario de labor de la administración pública provincial, que regirá durante el receso, de 8 a 12 horas.