La administración pública atiende entre las 8 y las 12.

A partir de la vigencia del receso administrativo establecido por decreto 146 del PEP, medida que se extiende al 31 de enero, el horario excepcional de labor en la administración pública provincial será de 8 a 12.

Esta pausa en la esfera estatal comenzó a regir el pasado 23 de diciembre, dado que a partir de esa jornada y durante toda la extensión del receso, es el período establecido para que el personal de los diferentes organismos se acoja a la licencia anual reglamentaria.
De todos modos, la medida, dispuesta por el artículo 34° del decreto 1980/90, ratificado por su similar 1081/06, exceptúa a determinadas dependencias afectadas a servicios públicos esenciales, los cuales son estos: Ministerio de Desarrollo Humano, Servicio Provincial de Agua Potable, Subsecretaría de Comunicación Social, entes recaudadores y las direcciones de: Parque Infantil, Vialidad Provincial, Informática y Teleprocesamiento, Registro Civil y Capacidad de las Personas, Catastro Territorial, Registro de la Propiedad Inmueble, Subsecretaría de Comercio e Inversiones, Subsecretaría de Hacienda y Finanzas, Contaduría General, Tesorería General, Ministerio de Turismo y Escribanía Mayor de Gobierno.
Cada uno de estos organismos dispuso de las medidas necesarias para la efectiva aplicación de la medida.
03-01-2012 | Cargada en Noticias - Fuente: Subsecretaría de Comunicación Social