Propician crear un Área de Pueblos Originarios en municipio clorindense.

El Concejo Deliberante de la Municipalidad de Clorinda declaró de Interés Comunitario un proyecto presentado por la concejal justicialista Angélica García, a través del cual propicia la creación de un Area de Pueblos Originarios en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal.

En los articulados de la interesante como novedosa iniciativa de la edil del PJ, se establece que el Departamento Ejecutivo Municipal "arbitre los medios necesarios para la creación del Área de Pueblos Originarios dependiente de la Secretaría de Gobierno" de esa institución.
Asimismo, el Area que se pretende crear "tendrá por funciones: a) revalorizar la cultura, preservando sus raíces, valores y forma de vida; rescatando y difundiendo sus idiomas y lenguas, danzas, arte y expresiones artísticas y musicales; b) intervenir en el rescate y difusión del patrimonio cultural; c) generar el ámbito de participación donde se instaure la modalidad de consulta previa sobre Derechos Territoriales, Recursos Naturales, Derechos Humanos y demás derechos inherentes a los Pueblos Originarios; y d) velar por los procesos del desarrollo y mejoramiento integral de las condiciones de vida de los integrantes de los Pueblos Originarios".

Fundamentos

En su presentación, la concejal García hace hincapié articulados incorporados a la reforma de la Constitución Nacional del año 1994, citando el Artículo 75 Inciso 17 que indica que "... Corresponde al Congreso reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos; garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que regularmente ocupan; regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; y ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afectan; las provincias pueden ejercer concurrentemente sus atribuciones".
En lo que respecta a la Constitución de la Provincia de Formosa, menciona el Artículo 79 que establece que "la Provincia reconoce la preexistencia de los pueblos aborígenes que la habitan. El Estado reconoce y garantiza: 1) su identidad étnica y cultural; 2) el derecho a una educación bilingüe e intercultural; 3) la personería jurídica de sus comunidades; 4) la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicional ocupan; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos; y 5) su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que la afecten".

De gran importancia

Por otra parte, la iniciativa de la concejal García alude también en sus considerandos que "en el ámbito institucional, tanto a nivel nacional como provincial, existen organismos como el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y el Instituto de Comunidades Aborígenes (ICA) y, resulta de gran importancia crear un organismo local como lo podría ser el Área de Pueblos Originarios de la Municipalidad de Clorinda, organismo que dependería de la Secretaria de Gobierno, ya que trasciende las funciones de la Secretaria de Cultura, aunque, tendrá relación en las funciones que les son propias".
"El Área de Pueblos Originarios debería velar por los procesos del desarrollo y mejoramiento integral de las condiciones de vida de los integrantes de los Pueblos Originarios como la salud, educación, cultura, seguridad, tierras y ambiente", concluye.
12-05-2011 | Cargada en Sociales - Fuente: Subsecretaría de Comunicación Social