Institucional

Misión - Objetivos

La Dirección General del Catastro Territorial es un organismo técnico dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas.

La repartición constituye el registro del estado de hecho de los inmuebles de su jurisdicción, y es la base de su sistema inmobiliario desde el punto de vista tributario, de policía, y de ordenamiento administrativo del territorio.

Asimismo, y siguiendo el concepto de catastro multifinalitario, es responsable de la cartografía provincial y del Servicio de Información Territorial (S.I.T.).

La Ley 1315 en su TÍTULO I explicita detalladamente las finalidades del catastro provincial.

Descargar Ley 1315.pdf

Control Parcelario

La Dirección efectúa el estudio y la formulación de normas de aplicación para el control y registro de la división de la tierra.

Asimismo es la encargada de fiscalizar los procesos de modificación del estado parcelario vigente y controlar el cumplimiento de las normas.

A tales fines estudia y analiza los planos de mensura y/o división de la tierra y de corresponder los aprueba, produciendo los actos administrativos pertinentes. También efectúa un proceso similar sobre las divisiones afectadas por el régimen de Propiedad Horizontal (PH).

Dentro de este contexto es la responsable de:

  • Impartir instrucciones en casos de mensuras judiciales. 
  • Asesorar a entes oficiales, profesionales y particulares sobre los encuadres técnico-legales a aplicar en la confección de planos de mensura y/o división.
  • Estudiar e informar expedientes referidos a casos especiales de mensura, trazados diferenciales, etc. y promover los actos administrativos que correspondan.
Catastro Económico

Tiene por fin determinar y controlar lo valores básicos y su actualización a través del tiempo, para terrenos y mejoras mediante el estudio de la información reunida y elaborada, procedente de los registros catastrales y de toda fuente de información estadística, conocer la riqueza territorial y su distribución a los efectos de elaborar los datos económicos y estadísticos necesarios para la aplicación de la legislación de tributación inmobiliaria y establecer las valuaciones fiscales a los fines impositivos en función de los valores básicos por metro cuadrado y por hectárea para los terrenos urbanos y rurales respectivamente.

Asimismo, informa acerca del valor fiscal parcelario, a los fines impositivos en certificaciones, constancias, expedientes, etc. a los contribuyentes, profesionales del quehacer inmobiliario y organismos del estado cuando le fueran requeridos y participa en las verificaciones documentales por inspecciones en las parcelas a fin de establecer su valor y/o actualización.

En otro orden de cosas desarrolla y supervisa las tareas vinculadas a croquis de relevamiento, mejoras, cálculo de superficie, determinación de tipo y clase de edificación, estado y año de edificación, cálculo de valuación, determinación de características del suelo y todos los aspectos que incluye la valuación fiscal, determinar la valuación del terreno urbano tomando como base el valor de la cuadra o zona de acuerdo a su forma, extensión y la relación frente-fondo de la parcela, estableciendo los coeficientes correspondientes según las tablas y normas adoptadas, determina la valuación fiscal de los campos, chacras y quintas e inspecciona las parcelas requeridas registrando las mejoras existentes.

Incorpora las declaraciones juradas de las mejoras, ingresadas por los propietarios (con plano de obra) y de los expedientes de mensura ingresados por los profesionales Agrimensores, a la base de datos del organismo a fin de mantenerla actualizada.

Asimismo, confecciona los planos de valores rurales para colonias, quintas, chacras y campos; y los planos de valores unitarios básicos por cuadra, zona, localidad, sector, barrio, etc., a la vez que es el encargado de realizar tasaciones urbanas y rurales cuando así fuera solicitada por la Dirección u otro Organismo, determinando el valor más justo en base a la estimación del mercado inmobiliario.

Catastro Jurídico

El objetivo de este Departamento es establecer el estado parcelario y el ordenamiento territorial para el desarrollo del Catastro Jurídico y conservación del mismo. Entre sus tareas certifica la tenencia de bienes inmuebles declarados e inscriptos en la Repartición, ante los Organismos Oficiales que así lo requieran, dirige y coordina un sistema práctico de publicidad de los derechos reales, brinda información de los sustentos legales registrales, a los profesionales de la agrimensura, de la abogacía, del notariado y público en general, dando publicidad de los derechos reales. Asimismo, ejecuta la actuación del procedimiento contencioso registral y lleva a cabo el despacho de actuaciones técnico-registrales conexas con aplicación de normas legales y reglamentarias y de procedimientos registrales propios. También individualiza, verifica y asienta en los registros catastrales las personas físicas y/o jurídicas titulares de dominio de la parcela, a la vez que actualiza el domicilio legal de los propietarios.

Servicio de Información Territorial

Es un servicio georeferenciado diseñado como un medio de captar, almacenar, analizar y desplegar grandes volúmenes de información de distintas fuentes y escalas en un área determinada con el fin de contribuir al Ordenamiento Territorial. El ideal es un catastro que, bajo un marco de referencia legal único (como el que ha implementado la Ley Nacional N° 26.209), permita la descentralización por Provincias y Municipios, con criterios de recopilación y realización de uniformes y compatibles.

Se cuenta actualmente con herramientas de gran utilidad como son los Sistemas de Información Geográfica (GIS o SIG), definidos como: "Un conjunto de herramientas para gestionar y analizar información espacial" o "Un servicio de hardware, software y procedimientos elaborados para facilitar la obtención, gestión, manipulación, análisis, modelado, representación y salida de datos especialmente referenciados para resolver problemas complejos de planificación y gestión", es decir: para la toma de decisiones.

Debemos destacar que la misma definición nos dice que ellos son herramientas para manejar fundamentalmente datos ubicados geoespacialmente, ya sea recopilados o nuevos. Por lo tanto, sin datos no existe un GIS.

Un Servicio de Información Territorial, ya sea tradicional o informatizado, se realiza en tres etapas bien definidas. Ellas son:

  1. Almacenamiento de Datos e Información.
  2. Procesamiento de Datos.
  3. Representación.